Con apego a lo dispuesto en los artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y artículos 4, 5, 6 y 311 del Código Orgánico Procesal Penal, SE ORDENA EL EJECÚTESE DE LA SENTENCIA ABSOLUTORIA DE FECHA 20/05/2011 en la que se ordenó la entrega de un segmento de cadena, de las comúnmente denominadas de oro, utilizado como prendas para lucir, que fuere incautada en autos y propiedad de la ciudadana KARELIS YANETH CEBALLOS; siendo así, es por lo que se acuerda librar el correspondiente oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub. Delegación El Vigía del Estado Mérida; señalándose así mismo que de lo encomendado, se deberá remitir a este Tribunal las resultas. Se acuerda igualmente librar boleta de notificación a la ciudadana KARELIS YANETH CEBALLOS, a los fines de que comparezca ante el Cuerpo de Investigaciones en mención, para que se le efectúe la entrega del objeto de su propiedad.-