DISPOSITIVA.
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente mencionadas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda: Se Suspende el curso de la presente causa penal, donde aparece como imputada, la ciudadana: AMADA IBARRA ANGULO, titular de la cédula de identidad No. V-4.698.227, y como victima, el ciudadano: PEDRO ASDRUBAL SÁNCHEZ SALAS, titular de la cédula de identidad No. V-8.020.855, dando cumplimiento a la norma anteriormente señalada y descrita, vale decir, el artículo 4 único aparte del Decreto Ley Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas, y asimismo, no se fija nuevamente la Audiencia de Juicio Oral y Público, hasta tanto no conste en las actuaciones el resultado de haber dado cumplimiento previamente al Procedimiento Especial de carácter administrativo establecid.....