El tribunal declaró: PRIMERO: Se HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO, efectuado entre las partes mediante acta de fecha 21 de septiembre de 2018, la cual obra agregada a el folio 8 de la presente solicitud, suscrita por las ciudadanas MARIELA GAVIDIA RIVAS y ELIZABETH GAVIDIA RIVAS y KATERINNET LORENA CARRASCAL CARVAJALINO; impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y consecuencialmente, da por terminada dicha solicitud.
SEGUNDO: Se ordena el cierre y archivo de la presente solicitud una vez quede firme la presente decisión.