CAPITULO III
DISPOSITIVA
En mérito de todas las razones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, CON SEDE EN NUEVA BOLIVIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de TITULO SUPLETORIO, interpuesta por la ciudadana: GLADYS SULBARAN PARRA, venezolana, mayor de edad, soltera, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad N° V-13.649.781, civilmente hábil, domiciliada en Nueva
Bolivia, Avenida 06 Las Flores, casa F-40, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida, y en consecuencia se declara como única y exclusiva poseedora de las mejoras y bienhechurías aquí mencionadas. Se dejan a salvo los derechos de terceros. ............
SEGUNDO: Dada la naturaleza del presen.....