PRIMERO: lo CONDENA a cumplir la pena de: DIEZ (10) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de: de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal en perjuicio del ciudadano Jesús Orangel Zambrano (Occiso), más las penas accesorias establecidas en el artículo 13 del Código Penal vigente, como lo son: 1.- La interdicción civil durante el tiempo de la pena. 2.-la inhabilitación política durante el tiempo de la condena y 3.-la sujeción de la vigilancia de la autoridad por una cuarta parte de la condena, una vez terminada ésta, siendo éste el delito por el cual el Tribunal admite la acusación fiscal, en la respectiva audiencia preliminar, convocada conforme a lo establecido en el artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal, por tratarse de un procedimiento ordinario, dicha pena deberá ser cumplida en la forma y condiciones que establezca el correspondiente Juez de Ejecución de éste Circuito Judicial Penal, a quien se le remitirá la pr.....