Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en Tovar, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA SIN LUGAR la querella interdictal, intentada por la ciudadana María Daniela Escalante Arellano, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.771.706, soltera, domiciliada en el Municipio Zea del Estado Mérida y jurídicamente hábil, representada por los ciudadanos Jesús Manuel Pernia Belandria y Dora Milagro Belandria Omaña, abogados e inscritos en el IPSA bajo los Nos. 15.994 y 80.253 respectivamente, domiciliados el primero en el Municipio Rivas Dávila del Estado Mérida y la segunda en el Municipio Zea del Estado Mérida y hábiles; en contra de los ciudadanos María Albina de Escalante Pernia, Tania Josefina, Erardo Alexis y Yoleida Mercedes Escalante Pernia, venezolanos, mayores.....