este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante recurrente, ciudadana REINA DEL VALLE RANGEL DÍAZ, actuando en nombre y representación de su hijo el niño SE OMITEN NOMBRES DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, asistida por el abogado DANIEL HUMBERTO SÁNCHEZ MALDONADO, anteriormente identificados, contra la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Sede El Vigía, en fecha veintiocho (28) de mayo de 2015. SEGUNDO: decreta la nulidad de la sentencia recurrida, de conformidad con lo dispuesto en e.....