DECISIÓN
ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: Declara con lugar la formula alternativa a la prosecución del proceso como lo es la Suspensión Condicional del Proceso, contenida en el artículo 43 del Código Orgánico Procesal Penal, e impone al acusado ciudadano GUSTAVO ADOLFO SILVALEON, venezolano, fecha de nacimiento 08-01-1956, de 59 años de edad, cedula de identidad Nº 4.350.654, estado civil casado, de profesión ingeniero forestal, actualmente profesor universitario en la Facultad de Ciencias Forestal de la Universidad de los Andes, hijo de la ciudada Pilar del SocorroL León Livinalli y del ciudadano Gustavo Adolfo Silva Hurtado, domiciliado en Santa Maria Norte, calle el bosque, vialidad interna casa Nº 28, parroquia Milla Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, teléfono: 0416-458.43.97. procesado por los delitos de VIOLENCIA FI.....