Este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada recurrente, contra la sentencia proferida por el TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en fecha 12 de julio de 2017. SEGUNDO: Nula la sentencia recurrida. TERCERO: Inadmisible la presente autorización judicial para la venta. CUARTO: Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. QUINTO: Se ordena el cierre y archivo del expediente. SEXTO: Remítase el presente expediente al tribunal de origen en su oportunidad legal.