Revisadas como han sido los puntos que conforman el presente expediente de demanda por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoada por el ciudadano JOHN DANIELS CALDERON CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-15.516.009, domiciliado en el Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, en contra del ciudadano MARCELINO PUENTES PUENTES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V- 2.246.613 y hábil, observa esta juzgadora que la solicitud in comento no vulnera el orden público, ni transgrede ninguna disposición legal, y no viola el derecho a la defensa e igualdad de las partes en el debido proceso, premisas Constitucionales que son de indubitable cumplimiento para una sana y recta Administración de Justicia, tal como lo prescribe la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por consiguiente EL TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE L.....