En consecuencia este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide Primero: Declara con lugar la aprehensión flagrante del ciudadano,. YOEL ARMANDO PEÑA SUAREZ por el delito de Desvalijamiento de Vehículo Automotor previsto en el Artículo 3 de la Ley Sobre El Hurto y Robo de Vehículos Automotores; Segundo: Se ordena la aplicación del procedimiento Abreviado, en la presente causa, a tenor de lo previsto en los artículos 372.1 y 373 del COPP; Tercero:.Se Decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, por estar llenos los extremos de los artículos 250 y 251 del COPP. Cuarto: Se acuerda la practica de examen Psiquiatrico solicitado por la defensa al imputado . La presente decisión fue notificada a las partes en la audiencia de calificación de flagrancia. El fundamento legal de la presente.....