Se declaró CON LUGAR la querella interdictal de amparo propuesta por el ciudadano JESUS MANUEL LACRUZ, contra el ciudadano SANTOS VILLARREAL; se CONFIRMO en todas y cada una de sus partes el decreto provisional interdictal de amparo dictado en favor del querellante en fecha 18 de mayo de 1998, el cual fue ejecutado mediante comisión por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, el 24 de febrero de 2000, y se CONDENO al querellado, ciudadano SANTOS VILLARREAL, al pago de las costas procesales.