Se dictó auto y conforme a la competencia por conexión establecida en los artículos 70.4, 71.2 y 73 del Código Orgánico Procesal Penal, se acordó acumular la causa penal N° LP01-P-2006-3080 a la causa N° LP01-P-2005-10281, seguidas contra el imputado César Antonio Molina Angulo, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 11.952.919,de 33 años de edad, soltero, comerciante, con la advertencia que se seguirán en lo sucesivo las reglas del procedimiento ordinario con la cuales se tramitaba la causa N° LP01-P-2005-10281, manteniéndose plenamente los efectos de la decisión dictada en fecha 24.05.2006, en la cual se prescindió de los escabinos y se constituyó el Tribunal Unipersonal, para el juzgamiento del acusado. Se ratifica que la celebración del juicio oral se realizará el día jueves siete (7) de diciembre de 2006, a las dos y treinta de la tarde.