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Decisiones del dia 30/11/2010

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 5320 N° Sentencia : 1793 Fecha: 30/11/2010
Procedimiento:
Apelacion
Partes:
DTE: LEÓN MERGOLLA JOSÉ GREGORIO DDO: ALTUVE DOUGLAS KIRSY XIORET
Resumen:
Promovidas oportunamente las pruebas documentales referidas, esta Alzada niega su admisión, en virtud que no son instrumentos públicos debidamente protocolizados, medios de pruebas admisibles en segunda instancia, a tenor de lo previsto en el citado artículo 520 adjetivo, sino documentos autenticados, los cuales no se subsumen en la definición que al respecto establecen los artículos 1.357 y 1.360 del Código Civil, ya que, en tanto el instrumento público hace plena fe entre las partes suscribientes como frente a terceros, el documento autenticado solo produce efectos entre las partes que lo suscriben. Así se decide. No obstante, se advierte al promovente, que esta Superioridad está en la obligación de analizar y valorar en la sentencia, todas las actas procesales insertas al expediente y los documentos promovidos en la instancia inferior, si lo considera necesario y pertinente para la resolución de la controversia o asunto sometido por vía de apelación a su conocimiento.
Juez/Ponente:
Homero Sanchez
Organo:
Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
arriba

N° Expediente : 5320 N° Sentencia : 1792 Fecha: 30/11/2010
Procedimiento:
Apelacion
Partes:
DTE: LEÓN MERGOLLA JOSÉ GREGORIO DDO: ALTUVE DOUGLAS KISRY XIORET
Resumen:
Esta Alzada niega la admisión de las prueba promovidas y que obran agregadas a los folios 109 al 113 y 114, en virtud que a tenor de lo previsto en el citado artículo 520 adjetivo, no se trata de instrumentos públicos debidamente protocolizados -medio de prueba admisible en segunda instancia-, especialmente en cuanto a la primera de dichas probanzas, que por ser documento autenticado, no se subsume en la definición que al respecto establecen los artículos 1.357 y 1.360 del Código Civil, pues en tanto los instrumentos públicos hacen plena fe entre las partes otorgantes como frente a terceros, los documentos autenticados solo producen efecto entre las partes que lo suscriben. Así se decide. No obstante, se advierte a las partes y especialmente al promovente, que esta Superioridad está en la obligación de analizar y valorar en la sentencia, todas las actas procesales insertas al expediente y los documentos promovidos en la instancia inferior, si lo considera necesario y pertinente pa.....
Juez/Ponente:
Homero Sanchez
Organo:
Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
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