Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, actuando en sede constitucional y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la ciudadana HERNANDEZ DE LIZANO KARLY JARI, en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO MERIDA. (Ambas partes plenamente identificadas en actas procesales).
SEGUNDO: Se ordena a la ALCALDIA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO MERIDA, que cumpla de manera inmediata con la Providencia Administrativa Nº 00044-2011, de fecha 14 de marzo de 2011, contenida en el expediente administrativo N° 046-2011-01-00033, proferida por el Inspector del Trabajo del Estado Mérida, que ordenó de manera inmediata el reenganche y pago de salarios caídos de la ciudadana HERNANDEZ DE LIZANO KARLY JARI, venezolana, titular de la cédula de identidad N°. 13.524.572.
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