este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSÉ VIERA GUTIÈRREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.630.381, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 22.214, apoderado judicial de la ciudadana LISBETH CHIQUINQUIRÁ VIERA GUTIÉRREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.100.147, en nombre y representación de su hija la niña SE OMITEN NOMBRES DE CONFORMIDAD CON EL ART 65 DE LA LOPNNA, contra la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bol.....