Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme lo establece el artículo 185-A del Código Civil, hecha por los ciudadanos GLORIA SMITH POVEDA DE ARAQUE y JOSE ANTOLIN ARAQUE MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de la cédula de identidad No. 13.790.217 y 8.085.656, domiciliados la primera, en el sector Ricito, Parroquia Eloy Paredes, Municipio Obispo Ramos de Lora del Estado Bolivariano de Mérida, el segundo en el sector Barrio Carlos Andrés Pérez, vía Los Giros, Municipio Zea del Estado Bolivariano de Mérida. Como consecuencia de la anterior declaratoria, se declara disuelto el vínculo matrimonial .....