Primero: CON LUGAR la solicitud de divorcio por desafecto conforme lo establece el artículo 185 del Código Civil, vinculante con la Sentencia Nº 446, de 15 de mayo de 2014, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia realizada por el ciudadano YOANDRY XAVIER RIVAS, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.056.184, con domicilio en Los Robles, calle 1, casa N° 200, Parroquia Púlido Méndez, Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, asistido en este acto por la Abogada NURIS DEL CARMEN VILLAFAÑE ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.026.487, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.328, con el carácter de Defensora Pública Provisorio Primera con competencia Civil, Mercantil y Transito de la Unidad de la Defensa Pública del estado Bolivariano de Mérida, Sede El Vigía, con domicilio procesal en el Sector La Inmaculada, calle 7, Oficentro Rigbel, N° 1.....