SE DECLARÓ SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la abogado SHEILA DEL R. ALTUVE P., actuando en este acto con el carácter de Defensora Pública N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, en su condición de defensora del acusado YONI MANUEL CARMONA BATISTA, contra la sentencia que fuera dictada por el Tribunal Mixto de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, la cual fue publicada el 05 de agosto del 2004, mediante la cual CONDENO, al acusado YONI MANUEL CARMONA BATISTA, a cumplir la pena de VEINTE AÑOS DE PRESIDIO, mas las accesorias de Ley, conforme a lo establecido en el artículo 13 DEL Código Penal, por los delitos de ROBO AGRAVADO y ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previstos y sancionados en los artículos 460 del Código Penal, en concordancia con el artículo 6 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de los Ciudadanos RAMY CHARROUUF HAMADE y JENI ABUASSI ALKATIB.