DECISION
Por las razones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, niega la admisión de la Inspección Judicial solicitada por el Ciudadano JESUS ANUARIO MOLINA GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.070.194, domiciliado en la Ciudad de Tovar, Estado Mérida, asistido por el ABOGADO JAIRO ANTONIO YAÑEZ CUELLAR, titular de la cédula de identidad Nº V-8.080.720, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.534 de igual domicilio. Se ordena devolver las actas originales a la parte interesada, previa certificación de las mismas para el archivo del Tribunal
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN EL DESPACHO DEL JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDI.....