Vista la diligencia de fecha veintiocho (28) de Enero del año en curso, y que riela al folio ocho (8), suscrita por la ciudadana DAMELIS VALERO, asistida por la abogada LEYDA PARRA, plenamente identificada en autos, el Tribunal acuerda conforme a lo solicitado. En consecuencia, se ordena librar CARTEL DE NOTIFICACION, por medio del cual se notifique a las Organizaciones Sociales creadas para la defensa de los derechos de los arrendatarios y ocupantes y al Público en General, que la Ejecución Material o Ejecución Forzosa de la referida sentencia, se llevará a cabo en el término de ciento veinte (120) días continuos, contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones respectivas, ello de conformidad con lo establecido en los artículos 14 y 15 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y Desocupación Arbitraria de Viviendas, en concordancia con los artículos 233 y 174 del Código de Procedimiento Civil, para que sea publicado en un diario regiona.....