DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la reposición de la causa, solicitada por el abogado DANIEL HUMBERTO SANCHEZ MALADONADO, Defensor Judicial de la parte demandada ciudadano ASCENCION QUINTERO, ya identificados.
SEGUNDO: Se decreta la reposición de la causa al estado en que se proceda a oficiar al Consejo Nacional Electoral, en atención a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Registro Civil, como órgano rector del Sistema Nacional de Registro Civil, solicitándoles copia certificada del acta de defunción del ciudadano ASCENCION QUINTERO, titular de la cédula de identidad número 659.174, parte demandada en la presente causa.
TERCERO: Se declara la nulidad de las actuaciones.....