Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 5, del Circuito Judicial Penal de Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Decreta:
En virtud de que consta en las actuaciones de la presente causa que cesó la violación del derecho constitucional al ciudadano HENRY SILVA, por habérsele otorgado una Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad de las previstas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, se Homologa el Desistimiento de la Acción de HABEAS CORPUS, presentado por el abogado Oscar Marino Ardila en su carácter de defensor del ciudadano HENRY SILVA, venezolano, de 35 años de edad, titular de la cedula de Identidad N° 10.157.769, domiciliado en la ciudad de San Cristóbal Estado Táchira, y deja sin efecto el auto de fecha 28-03-2005, en el cual se admite la Acción de Amparo, por haber cesado la violación del derecho o garantía constitucional, de conformidad con el n.....