DISPOSITIVA
Este Tribunal en funciones de Ejecución Nº 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de conformidad con el artículo 628 paragrafo primero letra “c” de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: Con lugar el pedimento de la Fiscal del Ministerio Público acordando la PRIVACION DE LIBERTAD POR INCUMPLIMIENTO INJUSTIFICADO DE LA SANCION EN CONTRA DEL ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA cuya sanción deberá cumplirla en el Instituto Nacional del Menor Seccional Mérida, por el lapso de seis (06) meses contados a partir de la presente fecha no existiendo el abono preventivo ya que el joven sale detenido de la audiencia la cual culminará en fecha 01-10-2005 a las doce y quince minutos (12:15 p.m.),. En dicho lugar deberá llevársele un plan Individual, quien deberá participar la sicóloga, siquiatra, sicopedagogo y trabajador .....