este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por la ciudadana: KARLA ANDREINA GONZALEZ HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.880.868, comerciante, domiciliada en el Barrio Bolívar, calle principal, casa S/N, Parroquia Presidente Páez, Municipio Alberto Adriáni del Estado Bolivariano de Mérida, asistida por el Abogado en ejercicio ARGENIS ZAMBRANO DIAZ, titular de la cédula de identidad Nº V-12.356.878, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 179.819 y hábiles, con.....