"...este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RANGEL Y CARDENAL QUINTERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la rectificación del acta de nacimiento del ciudadano AZARÍAS ZAPATA PARRA, plenamente identificado en autos; en tal sentido, ordena que se rectifique el error mencionado en el término siguiente: Donde se lee "JOSÉ MILAMÍ", debe leerse: "AZARÍAS" como real y legalmente corresponde. Así se decide..."