En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los ciudadanos LEONEL JESÚS ANGULO ZAMBRANO y KENYA FAVIOLA CHACÓN MÁRQUEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad números V-11.467.900 y V-14.589.992, respectivamente, domiciliados en Mérida Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, debidamente asistidos por los abogados ALBERTO ARIAS y PATRICIA A. ARIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad número V-8.000.490 y V-17.238.457, en su orden, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 28.269 y 145.543, respectivamente, de este domicilio y jurídicam.....