DISPOSITIVA
A la luz de los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara inadmisible el recurso de apelación bajo la modalidad de efecto suspensivo ejercido por la profesional del derecho María Rangel de Pereira, con el carácter de Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Vigésima del Ministerio Público, de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en contra la decisión dictada en fecha 24-03-2017, por el Tribunal de Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas con competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, mediante la cual entre otras cosas, precalificó el delito como Lesiones Graves de conformidad con el artículo 415 d.....