DECISION
De acuerdo con las anteriores consideraciones, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la pretensión principal de RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO que intentó la ciudadana: NOELBIS MADELEINE ALVAREZ RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-10.763.730, domiciliada en Aldea Bodoque, casa S/N, Municipio Rivas Dávila del Estado Bolivariano de Mérida y hábil a través de su APODERADO JUDICIAL Abogado GUILLERMO OMAR MORA BENAVIDES, titular de la cédula de identidad N° V- 12.048.275, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 119.818, del mismo domicilio y hábil en contra del ciudadano: RONALD HUMBERTO DELGADO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de.....