Por las consideraciones precedentemente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio logrado entre las partes intervinientes en el presente juicio, por la cantidad de SETENTA Y CINCO MIL SESENTA Y NUEVE BOLIVARES CON TREINTA CENTIMOS (Bs. 75.069,30), monto que a la tasa de cambio oficial, fijada para el día de hoy, por el Banco Central de Venezuela (BCV), que es de SESENTA Y SIETE BOLIVARES CON SESENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 67.63), equivale a la cantidad de: MIL CIENTO DIEZ DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA, (USD 1.110,00), cuyos pagos se efectuarán todos los días martes siguiente a la presente fecha por la cantidad de CIENTO OCHENTA Y CINCO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA, (USD 185,00), a la tasa de cambio .....