´Por las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR ACCIDENTAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por los abogados en ejercicio Miguel Homero Alvarado Piñero y Luis Alberto Martínez Chacón, titulares de la cédula de identidad Nos V-11.958.459 e inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo los Nos 69.831 y 298.467, actuando con el carácter de apoderados judiciales del demandante: William Alberto Calderón Guedez, titular de la cédula de identidad No V-10.719.311; contra la sentencia definitiva publicada en fecha 9 de diciembre de 2024, por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en la causa signada con la nomenclatura Nº LP21-L-2023-000031.
SEGUNDO: SE ANULA la sentencia definitiva dictada.....