.DISPOSITIVA.
Por las razones de hecho y de derecho ya analizadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Estado Mérida, en funciones de Juicio N° 03, actuando como Unipersonal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: APRUEBA EL ACUERDO REPARATORIO, celebrado entre el Acusado, DENIS FABRICIO ARAQUE y la víctima, ciudadano ANTONI STAGNO, en los términos señalados en la audiencia, y como consecuencia de ello, y de conformidad con lo establecido en el artículo 48, ordinal 6° del Código Orgánico Procesal Penal, SE DECLARA EXTINGUIDA LA ACCION PENAL en la presente causa; acordándose por consiguiente, el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, conforme el ordinal 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo preceptuado en el artículo 322 eiusdem; SEGUNDO: Se acuerda el CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL DE LIBERTAD, acordada por el Tr.....