Por las razones antes expuestas y con fundamento a lo establecido en los Artículos 131 y 159 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO MERIDA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales y demás beneficios Laborales tiene incoada los Ciudadana KATIZABEL YANITZA PAREDES LARA.
SEGUNDO: Se condena al "GRUPO TRANSBEL, C.A", inscrita por ante el Registro Mercantil segundo de la Circunscripción Judicial del distrito Capital y Estado miranda, en fecha 25/06/1996, bajo el Nº 3, Tomo 306-A-Sgo; cancelar la cantidad de TREINTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES CON VEINTICUATRO CENTIMOS (Bs. 34.827.322,24) por todos y cada uno de los conceptos ut supra cuantificados y discriminados q.....