PRIMERO: La parte demandada LATINOAMERICANA DE SEGURIDAD C.A, representada por el abogado JOSE MANUEL SALINAS BRICEÑO, convienen con la parte actora JOSÉ ROBERTO SOSA MARQUINA representada por el procurador de trabajadores RONAL EDUARDO CALDERON JEREZ, en la demanda incoada por el antemencionado trabajador, en la prestación de los servicios sobre los cuales versa la reclamación, así como su fecha de inicio y terminación e igualmente los conceptos demandados.
SEGUNTO: En consecuencia y dados lo reclamado, ambas partes acuerdan el pago de CINCO MIL NOVENTA BOLIVARES CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 5.090,89) los cuales se harán efectivos en dos porciones como se indican, una primera, el día 05 de junio y una segunda, el día 20 de junio de 2012, por la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO BOLIVARES CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 2.545,44) cada una, los cuales se entregaran en la sede de esta coordinación en las fechas antemencionadas, a las 10 de la mañana, mediante.....