En virtud de lo expuesto anteriormente, este Tribunal Unipersonal en Funciones de Juicio N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CULPABLE a la ciudadana MARIA ISABEL VIVAS MÁRQUEZ, venezolana, de 33 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.355.910, por la comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31, parágrafo tercero de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. En consecuencia, este Tribunal considera que la pena aplicable es de CUATRO (04) AÑOS y TRES (03) MESES DE PRISIÓN por el delito de de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS más las accesorias de Ley, previstas.....