Por lo expuesto, se da por concluido el cumplimiento de la condena impuesta al penado ALEXI ANTONIO VILLARREAL BADELL, tanto en su pena corporal principal como la accesoria, y conforme a lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal, se declara la extinción de la responsabilidad criminal a favor del mencionado penado. La presente decisión se fundamenta en el artículo 105 del Código Penal, artículo 3 de la ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, en concordancia con los artículos 479 y 508 del Código Orgánico Procesal Penal. La presente decisión se impondrá el día 03-08-2009 en el Centro Penitenciario de la Región Andina, por encontrarse el Tribunal de guardia.
Notifíquese al Fiscal XXII del Ministerio Público, a la Defensa y al penado. Remítase Copia de la presente decisión debidamente certificada, por medio de oficio, al Centro Penitenciario Región Andina, junto con la carpeta de Redención y la Boleta de Libertad.,. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN Nº .....