PARTE DISPOSITIVA
EL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la solicitud formulada y consecuencialmente declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos DIEGO HERNÁN CORTES FERNÁNDEZ y MARÍA LUISA RUIZ DE CORTES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 4.323.446 y V- 3.378.961, en su orden, domiciliados el primero en la Urbanización El Boticario, vereda 6, casa Nº 4 de la Parroquia Montalbán, Jurisdicción del Municipio Campo Elías del estado Mérida, y la segunda en la Urbanización La Campiña, sector "B", casa Nº 41-B de la Parroquia Matriz, Jurisdicción del Municipio Campo Elías del estado Mérida y civilmente hábiles, según matrimonio civil celebrado en.....