declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos JUAN JOSE RAMIREZ RIVAS y ANGERY CAROLINA SAIZ BLANCO, identificados en autos, en fecha 15 de diciembre del año 2005, por ante la Primera Autoridad Civil de la Matriz del Municipio Campo Elías del estado Mérida, según acta Nro. 78