TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, a los treinta y un (31) días del mes de Julio de dos mil veinticinco (2.025).-
215º y 166°
Visto el computo que antecede y el auto de sustanciación, dictado por este Tribunal en fecha veinte (20) de Mayo de dos mil veinticinco (2.025) que obra en el folio 14, mediante el cual exhorta a la parte interesada a consignar Copia Certificada del Acta de Nacimiento emitida por el Registro Principal del Estado Bolivariano de Mérida y Copia Certificada del Acta de Defunción de la ciudadana María Obdulia Avendaño De Ramírez para la fundamentación legal de la presente solicitud. Y siendo que hasta la fecha se observa que la parte actora ha hecho caso omiso en dar cumplimiento al auto de sustanciación antes señalado, es por lo que este juzgador considera como una inercia procesal y falta de interés en la solicitu.....