DECISIÓN
Por las razones que anteceden este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Constitución y de Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA DEFENSA OPUESTA, por el ciudadano JOSÉ GERARDO GIL ZAPATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-16.656.966, a través de sus apoderados judiciales Betty Del Carmen Cuevas de López y Ciro Antonio López, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Números V- 5.203.032 y V5.206.122, inscritos en el Inpreabogado bajo los Números 20.781 y 91.365.
Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato de obra suscrita por la ciudadana AURA MARINA TORRES GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.648.461, asistida por el abogado en ejercicio Rubén.....