PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación formulado en fecha en fecha 20 de Julio de 2022 (f. 105), por el abogado en ejercicio RAMÓN ELÍAS RODRÍGUEZ ANDRADE, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JORGE TREJO TARAVAY, contra el auto de fecha 18 de Julio de 2022 (fs. 102 al 104), mediante la cual, el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEGUNDO: En virtud del anterior pronunciamiento, se decreta LA REPOSICIÓN de esta incidencia al estado en que se encon¬traba el 6 de julio de 2022, fecha en que el apoderado judicial de la parte actora, abogado RICARDO ISRAEL TAVIRA, dio contestación de la incidencia, a fin de que la Jueza de la causa, proceda por auto expreso, a ordenar inmediatamente la apertura del lapso de pruebas previsto en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, para que las partes procedan a promover y evacuar pruebas en la presente incidenci.....