Este tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control N° 05 de este Circuito Judicial Penal den nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Con respecto a la revisión de las medida impuestas por el órgano receptor de la denuncia solicitadas por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, impuestas en contra del imputado HECTOR MANUEL DIAZ NIEVES, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 23.222.481, nacido en Colombia, Cordoba, en fecha 10-01-1962, de 49 años de edad, vigilante, estudio hasta tercer año de bachillerato, hijo de Jorge Carlos Diaz (V) y Maria Dolores Nieves (V), residenciado en Santa Elena, Sector Caño Chepa, calle principal, casa s/n, numero de teléfono 0412-4261126; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el articulo 39 de la Ley sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana RAQUE.....