Por mérito de lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control Nº 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO A FAVOR de IDENTIDAD OMITIDA; Venezolana, nacida el 05 de enero de 1991, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.422.151, soltera, hija de María Rivera, residenciada en el sector Los Curos, parte media, vereda 17, casa Nº 6, Mérida estado Mérida, por los hechos que constituyen la base fàctica de la acusación y que se circunscriben a lo siguiente: " El día 25-10-2006, aproximadamente a la 1:30 PM, la adolescente IO, se encontraban en las inmediaciones de la entrada principal del liceo Armando González Puccini, ubicado en la vía principal del sector San Luis parte posterior de la Urb. Los Sauzalez, vía pública Estado Mérida, igualmente en dicho sitio se encontraba la adolesc.....