Con base en las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente explanadas, que esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación de auto interpuesto en fecha diecinueve de julio del año dos mil veintidós (19/07/2022), interpuesto por el abogado ARMANDO DE LA ROTTA AGUILAR, con el carácter de defensor privado del adolescente ELIVER ENRIQUE DÁVILA TORRES, en contra de la decisión de fecha quince de julio del año dos mil veintidós (15-07-2022), dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Sistema de Responsabilidad Penal de los Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, mediante la cual declara sin lugar LA NULIDAD ABSOLUTA DE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR LA FISCALÍA DECIMA SEGUNDA DEL M.....