Decisión
Por todo lo expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud fiscal de prorroga y OTORGA 15 DÍAS MÁS PARA LA PRESENTACIÓN DEL RESPECTIVO ACTO CONCLUSIVO, de conformidad con lo establecido en el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, hasta el 25 de Julio. El fundamento legal de la presente decisión se encuentra en los Artículos 2, 26, 253 y 257 Constitucional; Artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 28, 250 COPP.
EL JUEZ
ABG. JOSE GERARDO PEREZ RODRIGUEZ
LA SECRETARIA
ABG. YENY VILLAMIZAR