PARTE DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda por simulación de venta incoada por el ciudadano PEDRO ALFONSO MEJÍAS MÁRQUEZ, contra las ciudadanas MARÍA ADELA MÁRQUEZ y MIRIAM JOSEFINA MÁRQUEZ DE ROJAS, ya identificados.
SEGUNDO: En virtud de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.
TERCERO: Se ordena la suspensión de la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Juzgado, en fecha 12 de noviembre de 2015, una vez que quede firme la presente decisión.
CUARTO: Por cuanto la decisión se pronuncia fuera del lapso legal se acuerda la notificación de las partes, para evitar la trasgresión de la norma constitucional que garantiza el derecho a la defensa y la garantía.....