En consecuencia este Tribunal de Control No 4 del Circuito Judicial del Estado Mérida, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA, no haber lugar a la detencion en situacion de flagrancia del ciudadano JOSE ALFREDO CALDERON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 18.123.352 ordenandose el egreso del referido ciudadano del Retén Policial de ésta ciudad de Mérida, y la continuación del procedimiento por la vía ordinaria, por lo cual se remitirán las actuaciones a la Fiscalía Primera del Ministerio Público a fín de que emita su opinión en torno al acto conclusivo que haya lugar.