Visto el escrito presentado por la ciudadana Representante de La Fiscalía Segunda del Ministerio Público, representada por la Abogado Ana Fermín, de fecha 14 de Junio del presente año dos mil ocho (2008), constante de siete (07) folios útiles, en el que solicita a éste tribunal en Funciones de Guardia se DECRETE LA LIBERTAD PLENA Y SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano ALEXIS JOSE PEREZ TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.131.756, de 48 años de edad, de estado civil soltero, domiciliado en la Loma de Los Ángeles, sector El Mirador, Quinta Aleska, de ésta ciudad de Mérida, Estado Mérida, solicitud que realiza con fundamento al Artículo 318 ordinal 1º, es decir por considerar en su condición de titular de la acción penal, y director de la investigación que el hecho no reviste carácter penal, o que nunca se dio, tal como puede evidenciarse en el Acta policial que riela al folio tres (03) de la causa, razones éstas suficientes .....