Dispositiva:
Con base en las anteriores consideraciones, este Tribunal de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Este Tribunal considera que se encuentran llenos los extremos establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se comparte plenamente los delitos precalificados por el Ministerio Público como el delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionados en los artículos 260, primer aparte del articulo 259 ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el articulo 80 del Código Penal, se precalifico el delito de LESIONES LEVES, previsto en el articulo 416 del Código Penal. TERCERO: Se acuerda la prosecución de la causa por el PROCEDIMIENTO ABREVIADO, de conformidad con los artículos 372 y 373 del Código Orgánic.....