PRIMERO: Se declara competente para conocer la acción de amparo constitucional ejercida en forma verbal en fecha quince (15) de octubre del año dos mil veintidós (2022), por la ABG. PATRICIA DEL VALLE ALVARADO VENTO DEFENSORA PRIVADA del ciudadano: ERASMO JOSÉ HERNÁNDEZ SOSA, al considerar la accionante que la titular del Tribunal Tercero de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida, en audiencia de presentación de detenido de fecha 07 de octubre de 2022, vulneró a su defendido el derecho a acogerse a la garantía Constitucional de la Suspensión Condicional del Proceso y solicitar una medida distinta a fin de cumplir una función, pero dejó en vacío el por qué le otorga medida de fiadores si no acordó ni suspensión ni continuación de Juicio y omitió motivar el fallo al tercer día, violando así las garantías constitucionales establecidas en el artículo 44, 49.2 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de.....